Aciturri se compromete con el respeto a los derechos de sindicación, asociación y negociación colectiva, dentro del marco legal vigente en cada momento, tal y como establece el principio de protección de los derechos colectivos recogido en su Código de Conducta, que detalla cómo las relaciones con las organizaciones de representación legal de los trabajadores deben basarse en el respeto mutuo para lograr un diálogo abierto, transparente y constructivo, fomentando así la consolidación de la estabilidad laboral.
La totalidad de la plantilla (100%) está cubierta por acuerdos de negociación colectiva, convenios colectivos nacionales o provinciales, negociados entre los agentes sociales y la patronal. No existe convenio de empresa, si bien se han formalizado pactos que mejoran las condiciones previstas en los convenios colectivos de aplicación.
En todas las sociedades que componen Aciturri existe representación legal de los trabajadores, a través de la cual se articula el diálogo social y las negociaciones que proceden en cada caso.
Ante cambios operacionales significativos, que puedan afectar a la plantilla de forma considerable, se aplica lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores en relación con la modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41).
En caso de que la modificación sustancial sea individual, se realiza una notificación con al menos 15 días de antelación a su fecha efectiva. Para las colectivas, existe un periodo previo de consultas con el órgano de representación de los trabajadores de máximo 15 días. Tras esto, y en función del resultado de las consultas, se realiza la comunicación individual a los afectados.
El 6 de febrero de 2022 finalizaron anticipadamente los ERTEs aplicables a los centros de trabajo de Ayuelas y Berantevilla (los únicos vigentes en ese momento), cerrando así la etapa de las reestructuraciones de personal vinculada a la Covid19.